El senador por el Distrito de San Juan, Ramón Luis Nieves, anunció que ya es ley una medida de su autoría que beneficia a las asociaciones de residentes de condominios y urbanizaciones de todo Puerto Rico.
Nieves explicó que la nueva Ley 119-2016 obliga a las instituciones financieras a que paguen mensualmente (o como dispongan las reglas de urbanizaciones y condominios) las cuotas de mantenimiento a los consejos de titulares de las propiedades que ejecutan. En la actualidad, los bancos usualmente no pagan dichas cuotas desde que adquieren la propiedad por subasta, y terminan pagándolas cuando, años después, logran revender la propiedad. Nieves precisó que “esta solución le hace justicia a los residentes en urbanizaciones y condominios, pues inmediatamente lograrán un flujo de efectivo (cash flow) multimillonario por parte de los bancos. Los bancos, por su parte, se benefician al no tener que entrar en disputas de última hora con las asociaciones de residentes, que usualmente ocurren cuando el banco pide una certificación de deuda cuando va a vender la propiedad a un tercero. En mi experiencia laboral previa, fui testigo de muchas veces en las que estas disputas se tornaban en un obstáculo para que puertorriqueños adquirieran propiedades reposeídas por los bancos. Eso se acabó desde esta Ley 119”.
La nueva Ley 119-2016 iguala la situación legal de las propiedades ejecutadas que se ubican en condominios con las ubicadas en urbanizaciones. La Ley 119 obliga a los ‘adquirientes involuntarios’ (que se aclara finalmente son los acreedores que adquieren una propiedad para cobrar la acreencia que se les debe, no importa si la adquirieron en la primera o tercera subasta), a que paguen el equivalente a seis (6) meses de cuotas de mantenimiento a las urbanizaciones, igualando lo que ocurre hoy en los condominios. Antes de la Ley 119, las asociaciones de residentes no tenían derecho a recibir esos seis meses de cuotas por los bancos, lo que según Nieves “corrige una injusticia histórica contra las asociaciones de residentes en las urbanizaciones, y ayuda a mejorar sustancialmente su situación financiera”.
Nieves indicó haber trabajado en múltiples ocasiones en disputas sobre las cuotas de mantenimiento, pues previo a ser electo senador se desempeñó como ejecutivo legal y abogado de bancos, por más de una década. “Entendí importante radicar esta legislación para aclarar las reglas de este tema a beneficio tanto del sector bancario como de las asociaciones de residentes y consejos de titulares, particularmente de nuestra atribulada clase media.”
A modo de trasfondo, en diciembre de 2015 había 20,150 propiedades en proceso de ejecución, la cifra más alta en, al menos, seis años. Luego del proceso judicial de ejecución de hipoteca, la gran mayoría de las propiedades pasan usualmente a las unidades administrativas de propiedades reposeídas de los bancos. Dichas unidades se encargan entonces de promover la venta de los inmuebles para cobrar su deuda.
Nieves destacó que este proyecto es producto de un consenso histórico entre la Alianza de Comunidades con Control de Acceso, dirigida por Magali Fernández, junto a la Lcda. Rhonda Castillo y Ada Moledo, la Alianza de Profesionales de Condominios y Controles de Acceso, presidida por Marco Rosado, la Asociación de Bancos, y la Asociación de Banqueros Hipotecarios.
Ley obliga a instituciones financieras a pagar cuotas de mantenimiento de propiedades que ejecutan
El senador por el Distrito de San Juan, Ramón Luis Nieves, anunció que ya es ley una medida de su autoría que beneficia a las asociaciones de residentes de condominios y urbanizaciones de todo Puerto Rico.
Nieves explicó que la nueva Ley 119-2016 obliga a las instituciones financieras a que paguen mensualmente (o como dispongan las reglas de urbanizaciones y condominios) las cuotas de mantenimiento a los consejos de titulares de las propiedades que ejecutan. En la actualidad, los bancos usualmente no pagan dichas cuotas desde que adquieren la propiedad por subasta, y terminan pagándolas cuando, años después, logran revender la propiedad. Nieves precisó que “esta solución le hace justicia a los residentes en urbanizaciones y condominios, pues inmediatamente lograrán un flujo de efectivo (cash flow) multimillonario por parte de los bancos. Los bancos, por su parte, se benefician al no tener que entrar en disputas de última hora con las asociaciones de residentes, que usualmente ocurren cuando el banco pide una certificación de deuda cuando va a vender la propiedad a un tercero. En mi experiencia laboral previa, fui testigo de muchas veces en las que estas disputas se tornaban en un obstáculo para que puertorriqueños adquirieran propiedades reposeídas por los bancos. Eso se acabó desde esta Ley 119”.
La nueva Ley 119-2016 iguala la situación legal de las propiedades ejecutadas que se ubican en condominios con las ubicadas en urbanizaciones. La Ley 119 obliga a los ‘adquirientes involuntarios’ (que se aclara finalmente son los acreedores que adquieren una propiedad para cobrar la acreencia que se les debe, no importa si la adquirieron en la primera o tercera subasta), a que paguen el equivalente a seis (6) meses de cuotas de mantenimiento a las urbanizaciones, igualando lo que ocurre hoy en los condominios. Antes de la Ley 119, las asociaciones de residentes no tenían derecho a recibir esos seis meses de cuotas por los bancos, lo que según Nieves “corrige una injusticia histórica contra las asociaciones de residentes en las urbanizaciones, y ayuda a mejorar sustancialmente su situación financiera”.
Nieves indicó haber trabajado en múltiples ocasiones en disputas sobre las cuotas de mantenimiento, pues previo a ser electo senador se desempeñó como ejecutivo legal y abogado de bancos, por más de una década. “Entendí importante radicar esta legislación para aclarar las reglas de este tema a beneficio tanto del sector bancario como de las asociaciones de residentes y consejos de titulares, particularmente de nuestra atribulada clase media.”
A modo de trasfondo, en diciembre de 2015 había 20,150 propiedades en proceso de ejecución, la cifra más alta en, al menos, seis años. Luego del proceso judicial de ejecución de hipoteca, la gran mayoría de las propiedades pasan usualmente a las unidades administrativas de propiedades reposeídas de los bancos. Dichas unidades se encargan entonces de promover la venta de los inmuebles para cobrar su deuda.
Nieves destacó que este proyecto es producto de un consenso histórico entre la Alianza de Comunidades con Control de Acceso, dirigida por Magali Fernández, junto a la Lcda. Rhonda Castillo y Ada Moledo, la Alianza de Profesionales de Condominios y Controles de Acceso, presidida por Marco Rosado, la Asociación de Bancos, y la Asociación de Banqueros Hipotecarios.